Documentación Necesaria para Vender una Vivienda en Sevilla

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• Firma en Notaría

1. Documentos Imprescindibles para la Firma en Notaría

1. DNI, NIE o Pasaporte

2. Escritura Pública de Propiedad

3. Nota Simple Informativa

Documento de identidad en vigor de todos los propietarios titulares que firmarán la venta de la finca.

Título formal acreditativo de la adquisición previa mediante compraventa, herencia o donación inscrita.

Documento expedido por el Registro de la Propiedad de Sevilla comprobando titularidad y cargas vigentes.

4. Certificado de la Comunidad

5. Certificado de Deuda Hipotecaria

6. Último Recibo del IBI

Acreditación firmada por la administración de fincas confirmando el pago al día de gastos comunitarios.

Certificación bancaria del saldo pendiente o certificado de saldo cero para la cancelación formal en notaría.

Justificante de pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles emitido por la Agencia Tributaria de Sevilla.

7. Certificado Energético (CEE)

8. Contrato de Arras o Reserva

9. Justificantes de Pagos a Cuenta

Certificado e informe registrado oficialmente en el registro autonómico de la Junta de Andalucía.

Documento privado firmado entre las partes donde se fijan el importe, condiciones y señal pactada.

Comprobantes bancarios de las transferencias recibidas previamente por el concepto de señal o reserva.

— Casos Particulares

2. Documentación Adicional según la Casuística de la Vivienda

Casuística A • VPO
Casuística B • Herencia
Casuística C • Alquiler

Viviendas de Protección Oficial

Inmuebles de Herencia

Viviendas Alquiladas

Requiere Autorización de Venta de la Junta de Andalucía, certificación de Precio Máximo de Venta y renuncia a Tanteo y Retracto.

Certificado de Defunción, Testamento o Declaración de Herederos, Escritura de Aceptación y liquidación del ISD y Plusvalía Municipal.

Contrato de arrendamiento vigente, documento de renuncia del inquilino al derecho de tanteo y justificante de fianza depositada en AVRA.

Casuística D • Divorcio
Casuística E • Poderes

Separación o Divorcio

Venta por Representación

Convenio Regulador ratificado judicialmente o sentencia firme, además del consentimiento expreso de ambos cónyuges.

Poder Notarial de representación debidamente legalizado y subsistente a la fecha de firma de la compraventa.

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Nota informativa: Esta guía es de carácter orientativo y no sustituye el asesoramiento legal ni notarial.